De acuerdo a la reglamentación vigente para el aseguramiento de la calidad de pregrado, la mejora permanente de cada unidad académica es abordada por el Comité Curricular. El Comité es una instancia de carácter consultiva y asesora de la Dirección de la Unidad Académica destinada a fortalecer los aspectos relacionados con la autorregulación, el mejoramiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje y la retroalimentación de los planes de estudios de pregrado. De esta manera, contribuye al aseguramiento de la calidad y al desarrollo y concreción del proyecto educativo de la universidad.
El Comité Curricular estará conformado por:
- El director de la Unidad Académica que lo presidirá.
- El Jefe de Docencia, quien será su secretario de actas. En ausencia del Jefe de Docencia, actuará como secretario de actas, el miembro que se designe por el propio Comité al constituirse.
- Directores de Magíster ensamblados o articulados con los de licenciatura o conducentes a título profesional equivalente que imparte la Unidad Académica.
- Un académico que preste docencia de servicio.
- Un académico de la Unidad Académica.
- Dos alumnos de la carrera, quienes deberán tener una avance curricular de al menos el 50% de su plan de estudios.
- Dos ex alumnos graduados o titulados con experiencia profesional y que no tengan vínculos laborales con la universidad.
- Un empleador o representante de empleadores.